Almeida adjudica a Iberdrola el contrato de la luz del Ayuntamiento de Madrid por 75 millones

La licitación, por la que también pujaron Gas Natural y Audax, cuantifica el valor del contrato en 121 millones de euros que la filial de consumidores de la compañía dirigida por Ignacio Sánchez Galán deberá ejecutar hasta diciembre de 2026

Almeida en el pleno municipal

Almeida en el pleno municipal / / AYUNTAMIENTO DE MADRID

Iberdrola será quien ilumine los edificios municipales del Ayuntamiento de Madrid entre septiembre de 2024 y hasta el último día de 2026. La división de consumidores de la compañía dirigida por Ignacio Sánchez Galán se ha hecho con el contrato para el "suministro de energía eléctrica con garantía de origen 100% renovable a edificios municipales y equipamientos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos" por un valor de 75 millones de euros.

No obstante, el pliego, al que ha tenido acceso Activos, vertical económico de Prensa Ibérica, valora el contrato en más de 121 millones de euros ya que el contrato se podría ampliar dos años por un valor de 21 millones por ejercicio.  Este presupuesto incluye tanto los costes directos, que representan el 95% e incluyen peajes y cargos, como los costes indirectos, que constituyen el 5% del total y cubren los gastos de gestión y financieros del adjudicatario.

A la licitación también concurrieron tanto Gas Natural, compañía que no superó el segundo corte, y Audax, que fue quien pujó hasta el final por la firma del Ibex.

El área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, la entidad encargada de adjudicar el pliego, destaca la oferta de Iberdrola Clientes por ser el licitador que ha presentado la mejor oferta según el criterio de adjudicación establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares.

El contrato abarca un extenso conjunto de puntos de suministro. Incluye un total de 1.333 puntos de suministro, en el árgot conocido como CUPS (Código Universal del Punto de Suministro), del Ayuntamiento de Madrid, con un consumo anual estimado de 136,50 GWh. Además, incluye a varios organismos autónomos como Madrid Salud, con 24 puntos de suministro y un consumo de 3,12 GWh, la Agencia Tributaria, con 8 puntos de suministro eléctrico y un consumo de 1,16 GWh, y la Agencia para el Empleo, con 9 puntos de suministro y un consumo de 1,22 GWh. Asimismo, el pliego incorpora 92 instalaciones fotovoltaicas bajo contrato de autoconsumo individual.

Una de las condiciones destacadas del contrato es el compromiso del adjudicatario de suministrar energía 100% renovable, excluyendo la cogeneración de alta eficiencia. Este requisito deberá ser acreditado a través del Sistema de Garantías de Origen de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Además, se prevé la posibilidad de prórroga del contrato por incidencias imprevisibles, permitiendo una extensión de hasta nueve meses para garantizar la continuidad del suministro en caso de que se presenten situaciones imprevistas que retrasen la adjudicación del nuevo contrato.

Antigua batalla legal por el origen 100% renovable

Iberdrola, ahora adjudicataria de la licitación sobre el suministro de luz del consistorio madrileño, se vio envuelto en una batalla legal para tumbar el concurso público que, en 2018, Manuela Carmena, entonces alcaldesa de la capital, adjudicó a Holaluz y Nexus por 82 millones de euros.

Durante el mandato de Carmena, el Ayuntamiento estableció como requisito que las comercializadoras adjudicatarias garantizaran que el 100% de la electricidad fuera de origen renovable. Esta condición dificultaba la participación de los grandes grupos eléctricos como Iberdrola, Endesa y Naturgy. Estos intentaron invalidar el concurso antes de la adjudicación, pero sus recursos fueron desestimados por el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.

No obstante, tanto Iberdrola como Endesa persistieron llevando su lucha legal hasta el TSJ de Madrid, impugnando la decisión del tribunal administrativo que había validado los pliegos del concurso que finalmente los jueces desetimaron. La sentencia ratificaba la potestad del Ayuntamiento para establecer las condiciones de solvencia necesarias para participar en el concurso, incluyendo la garantía de que la energía comercializada sea 100% renovable.