La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha condenado a seis meses de cárcel y dos años de inhabilitación al inspector del Cuerpo Nacional de Policía F. F. G. C. juzgado por golpear a un detenido en los calabozos. La sentencia todavía no es firme y, según el abogado del Estado que representó al inspector –acusado de delito contra la integridad moral y falta de lesiones–, el fallo será recurrido, por lo que éste podrá seguir desempeñando sus funciones hasta que se resuelva.

Asimismo, el tribunal ha impuesto al denunciante, M. E. H., una pena de un año de prisión como autor de un delito de atentado. M. E. H. percibirá además 350 euros por las lesiones sufridas, y él y el inspector deberán pagar a medias las costas del procedimiento.

En la sentencia, dictada el pasado 26 de junio, la sala cree probado que a las 12,40 horas del 9 de febrero de 2007 M. E. H., de nacionalidad marroquí, acudió junto a su esposa a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía para denunciar que la hija de ambos, de 19 años, había abandonado el domicilio familiar y se había ido a Barcelona con un hombre.

M. E. H. habló primero con el agente de control de accesos a las dependencias policiales, quien le indicó que como la joven era mayor de edad y se había ido voluntariamente, no era pertinente interponer denuncia alguna. El acusado alzó la voz y, ante la negativa del funcionario, le dijo que eran «unos racistas» y que no le cogían la denuncia «porque era moro». El agente le dijo que se marchara pero M. E. H. le empujó tratando de entrar.

En ese momento se presentó en el lugar F. F. G. C. y varios agentes más que redujeron a M. E. H., a quien el inspector le luxó la muñeca derecha. Una vez inmovilizado, lo llevaron al calabozo, donde ingresó en calidad de detenido. «Ya en el calabozo, el acusado F. F. G. C., en acción conjunta con otras personas no determinadas, golpeó repetidamente a M. E. H.», por lo que éste sufrió «una contusión esternal, una contusión costal y múltiples erosiones en la espalda», concreta la sentencia.

En el juicio, la Fiscalía solicitó un año y medio de cárcel para M. E. H. por atentando y retiró la acusación contra el inspector de Policía, para quien en un principio había pedido un año y tres meses de cárcel por no haber quedado acreditado que golpeara al denunciante. El abogado del Estado se sumó a la petición del Ministerio Público, mientras que el letrado de M. E. H. pidió la absolución de su cliente o la consideración de la atenuante de obcecación y la condena de F. F. G. C. a un año y seis meses de cárcel, dos años de inhabilitación, 450 euros de multa y 350 euros de indemnización.

Argumentación de las condenas

Respecto al delito de atentando cometido por M. E. H. sobre el agente de la Policía Nacional situado en el control de accesos a la comisaría, el tribunal cree que ha quedado suficientemente acreditado ante el testimonio prestado por este funcionario, sobre el que no dudan de su credibilidad, así como que no debe aplicarse la atenuante de obcecación ya que lo ocurrido no se enmarca en las características de esta circunstancia modificativa de la responsabilidad.

En cuanto a la falta de lesiones cometida por F. F. G. C., la sala destaca que resulta creíble ante su compatibilidad con las lesiones que presentaba el denunciante y que fueron recogidas por la forense. Añade que de las declaraciones de los testigos se deduce que no se pudieron producir después de su visita al hospital Can Misses –donde no se las detectaron, aunque la forense dijo que esto ocurre en ocasiones–. Señala que tampoco pueden ser autoinfligidas porque lo descartó la especialista, entre otras cuestiones.

Por último, respecto al delito contra la integridad denunciado por M. E. H., la sala resalta que lo ocurrido en los calabozos contiene todos los elementos del tipo penal. Destaca que la víctima, que se encontraba detenida en los calabozos, fue agredida por varias personas, entre ellas F. F. G. C., quienes le propinaron «patadas y puñetazos, utilizando algún objeto rígido».

El relato forense

La médico forense que atendió a M. E. H. destacó que presentaba diversas lesiones y, respecto a las erosiones de la espalda, apuntó que por la forma, tamaño y distribución del hematoma eran compatibles con el uso de una porra o un palo.